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Entramos en abril del 2009. Nos viene el otro dia q nos sube el alquiler pero no tengo ningún papel, estoy obligada a pagarle y desde cuándo, y le deberé los retrasos.
Gracias
Solamente os puede subir, el IPC desde hace un año hasta, ahora. El último IPC anual es el publicado por el instituto nacional de estadística ( www.ine.es) el pasado 3-10-10, y además os lo ha de comunicar por escrito.
Normalmente los alquileres se revisan anualmente según i.p.c y sube en esa proporción, es decir que tendrás que abonar un diferencial de algo más del 1%. En este caso a partir del primer mes después del año. Si el i.p.c bajara también puede exigir que se le baje en la misma proporción el alquiler.