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Se que el IPC de Junio aún no ha sido publicado, pero me surge la duda de si he de esperar a que publiques el IPC de Junio para actuliazar la renta o si por el contrario lo legal es aplicar el valor del IPC de Mayo...
El primer año de contrato cumple el día 5 ó 6 de Julio, que subida de IPC hay q aplicar?. La de Mayo o la de Junio.
Un saludo.
Hola,
siendo escrupuloso con la Ley se puede aplicar "el último IPC conocido en el momento". Es decir, que el 5 de Julio se podría aplicar el IPC interanual de Mayo.
Si se esperan unos días (hasta el 14 ó 15 del mes), se puede aplicar el de Junio.
Ambas opciones son igualmente válidas.
Espero haber ayudado.