1.- Calcula el IPC entrando en internet
www.ine.es 2.- Dos cosas: Una, no te pueden subir lo que quieran.
Dos: Al ser el contrato por un año, prorrogable, si, un mes antes, arrendador comunica rescisión de contrato, negociaríais un nuevo contrato. Si no comunica nada y no hay cláusula alguna de cómo o cuánto pasará a ser la renta, se aplicará IPC como anteriormente.
saludos,