Hola buenas! Tengo un piso alquilado, ya ha pasado un año de contrato el dia 1 de abril. Hace una semana me dice mi casera que me sube el alquiler de 550 a 600 y le he pedido unos dias para pensarlo. El caso es que he visto un piso mejor y me quiero ir ya el dia 1 de mayo. Pero quiero que mi casera me devuelva la fianza. En este caso ¿tendría el derecho de cobrarla?
Buenas tardes, Aritz: En primer lugar revise su contrato para ver si se pactó cláusula de penalización en caso de desistimiento. Le sugiero la lectura del siguiente artículo: https://letradosalquileres.es.tl/Desistimiento-del-contrato.htm En segundo lugar el preaviso del art 11 LAU (30 días) es obligatorio, por lo que su arrendadora tendrá derecho a retener de la fianza los días de preaviso. Es decir, si usted preavisa mañana tendrá que pagar, haya o haya cláusula de penalización, 23 días de renta.
en cuanto a la subida de 50¬ no puede, solo puede actualizar el alquiler mediante el indice que hayáis pactado en el contrato, si no dice nada en el contrato de actualización de la renta, no se actualizara.
si quieres irte ,puedes irte,pero tienes que avisar con una antelación de 30 días a la fecha que quieras irte. El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte
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