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Curro

inquilino/a

¿Las cuotas extraordinarias de la comunidad son por cuenta del arrendatario o arredador?
El contrato especifica que la cuota de la comunidad será pagada por el arrendador, pero no dice nada de cuotas extraordinarias.
  • Preguntado por: Curro
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Depende de lo que hayáis pactado por escrito (lo que figure en el contrato)

    Artículo 20: Gastos generales y de servicios individuales.

    1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.

    En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.

    En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.

    Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.

    ´´´´
    En mi caso, como casera, las cuotas de la comunidad las pago yo siempre.
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