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Tengo firmado un contrato que dice textualmente: la duración del presente arrendamiento se establece en cinco años, prorrogable por períodos de un año a voluntad del arrendatario, condicionadas las prórrogas a que el arrendatario se encuentre al corriente del pago de la renta"
¿Es este, a los efectos, un contrato indefinido mientras pague la renta con las correspondientes subidas del IPC? Y ¿me pueden subir a partir del sexto año lo que les venga en gana?
Muchísimas gracias por tan amable ayuda.
Un saludo.
Hola boracongatos:
Le aconsejo que revise la cláusula de actualización de la renta de su contrato, para ver si en la misma se pactó un régimen de actualización distinto al establecido en el art 18 de la LAU 1994.
Reciba un cordial saludo
Es un negocio de hostelería. Gracias por la ayuda, especialmente don Pedro.
Un saludo.
Si no me equivoco solamente le pueden actualizar con el IPC, no digo subir porque ultimamente ha habido IPCs negativos.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Tal como está redactado es o lo parece un contrato de arrendamiento con prórroga forzosa para el arrendador, por lo tanto se puede calificar de duración ilimitada a voluntad del inquilino.
No obstante le sugiero lea esto `pienso que le puede ser de utilidad
Hola botacongatos:
El contrato es de vivienda o de uso distinto al de vivienda?.
Reciba un cordial saludo