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¿Cómo subir lo máximo la cuota para rentas antiguas?
Hola Daniel:
Sin perjuicio de la acertada respuesta de mi compañero Pholmo, le sugiero que acuda con el contrato a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Las rentas antiguas tienen (tuvieron) su regla de actualización en las disposiciones transitorias de la lau1994.
para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/