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Llevo dos años viviendo en esa casa, desde noviembre 2009. El año pasado mi casero no me actualizo el ipc, y ahora este año me quiere subir un 5. 3% de los dos años 2010 y 2011. ¿Puede hacer eso?
Así es.
atrasos no, pero sí actualización de la renta.
saludos - Papeleos Alquiler.
Muchas gracias a todos por las respuestas. Me queda claro que no me puede cobrar el IPC que no me cobro. Pero... puede aplicar este año la suma deL IPC del 2010 y 2011? o solo tiene que aplicar la correspondiente a 2011? Estaria bien ese 5,3%. De nuevo, gracias
Vale, si. No es un 3%, es un 5. 4% pero no le puede cobrar el del año anterior. Teneis razon! :)
Si claro, tienes razon, si lo miras en la pagina de ine, es eso mas o menos, es un 5,4% en realidad pero le digo que solo le puede aplicar el corresppondiente al ejercicio 2010-2011.
Yomisma, pholmo ha respondido "algo" diferente de lo que has entendido.
el ipc que se ha "olvidado" de actualizar es aplicable, pero no se puede cobrar con carácter retroactivo, así que es posible que ese 5,3% esté bien aplicado,siendo la suma de los dos ipcs, el del 2010 y el de este año.
La Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 18.1, dice
“Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado”.
O sea que tal como bien te respondia PHOLMO no te lo puede aplicar la subida con caracter retroactivo; y ya te digo, si rechista, remitele al articulo que te he adjuntado.
PD: Por cierto lo que tiene que aplicar es aprox 3%.
Está en su derecho, debiera agradecerle que no le cobró en su momento la actualización del años pasado, ahora no puede hacerlo con efectos retroactivos.
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