Ricardo como quiera que la lectura de la DT segunda de la LAU puede ser ardua, voy a intentar contestar a sus preguntas:
¿qué derecho tiene los que viven en la misma vivienda, en este caso mi hermana que lleva empadronada mucho tiempo en esa dirección?
Si su hermana ha convivido en esa vivienda los dos últimos años y minusválida (65%), podrá quedarse como inquilina en las mismas condiciones, si no, podrá permanecer dos años o hasta que cumpla 25. El empadronamiento puede ser prueba de esa convivencia.
le puede subir lo que quiera?
Si es por subrogación, NO. Si continúa por acuerdo de ambas partes el alquiler será libre.
se puede negociar?
Todo es negociable.
cuanto tardaría por ley imponerle la nueva renta y si es con carácter retroactivo?
Como ha quedado dicho no le puede imponer nueva renta y menos retroactivamente, lo que si puede hacer es dar por terminado el alquiler, si no hay derecho de subrogación y no llegan a ningún acuerdo.
NOTA IMPORTANTE: No olviden notificar fehacientemente al casero, en plazo, el fallecimiento de su inquilina.
Pedro Hernández del Olmo, abogado Pulse aquí para consultarme directamente por teléfono