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Hace 8 años que tengo alquilada una plaza de garaje y jamas le he subido el alquiler. Hace 5 meses que le he comunicado al usuario una subida de 9 euros, en varias ocasiones y ha dado la callada por respuesta ¿Qué puedo hacer?
Gracias
Hola juan:
1º) si existe contrato escrito habrá que estar a lo pactado sobre la actualización de la renta, teniendo en cuenta la prescripción de dicha acción.
2º) si no hay contrato por escrito la nueva renta supondrá un nuevo contrato de arrendamiento, el cual está sometido al Código Civil.
Reciba un cordial saludo
El contrato de arrendamiento de plazas de aparcamiento está sujeto al código civil, por lo que salvo que se haya pactado otro plazo coincidirá con los pagos de renta, por lo que el contrato se resuelve comunicándolo con un mes de antelación, por lo que el arrendador puede subir la renta nueve euros después de 8 años, salvo que hiciera un contrato por un periodo superior a ese tiempo.
Vuelvo a disentir con el compañero, el cionsultante no aclara con qué base pretende incrementar el alquiler, y es notorio que la determinación del precio del arrendamiento no puede estar al arbitrio del arrendador.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ Estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Debe hacer la comunicación de forma que quede constancia (burofax con acuse de recibo y certificación de texto) advirtiendo que si no paga la nueva cantidad procederá al desahucio. Si no acepta tendrá que acudir al juzgado reclamando la diferencia (no necesita abogado ni procurador debido a la escasa cuantía, siempre que usted resida en la misma localidad donde se encuentre la finca).