Iván convene hacer una precisión importante, su contrato de alquiler en estos años no se ha renovado ( hecho nuevo), sino que se ha prorrogado por imperativo legal, ello quiere decir que a mitad del cuarto año su casero no puede introducir unilateralmente una modificación tan importante como es la subida de alquiler que, hasta este momento, estaba incluida en el recibo mensual, en todo caso podrá proponérselo al finalizar el quinto año y Vd. Podrá o no aceptarlo y marcharse. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)
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