Actualización de la renta según IPC un año si y al siguiente no
Buenos días. Tengo un contrato de alquiler firmado en junio de 2015 donde se especifica que la renta se actualizará de manera automática cada año teniendo en cuenta el IPC. Pasado un año yo ni me acorde de dicha clausula, y la casera no me dijó nada. Ahora, tras cumplirse un año la casera quiere aplicar la variación del IPC, y me dijó que el año pasado no me había dicho nada porque la subida era muy pequeña. He consultado las variaciones que ha sufrido el IPC y el año pasado fue negativo, por lo que en realidad la renta debería haber bajado. Mi duda es, ya que el contrato especifica que la actualización es de manera automatica (redactado así por la casera, y firmado por ambos), puedo ahora reclamarle que durante un año le he estado pagando más de lo debido? Y lo que me parece más importante (ya que en realidad la cantidad de la bajada no era tan grande), si ahora la casera quiere aplicar la variación del IPC, no debería hacerse aplicando la variación del mismo desde la fecha del contrato. O dicho de otra forma, aunque yo no le reclame lo que le pague de más el año pasado, no debería aplicarse la variación de este año como si ya se hubiese aplicado la variación el año pasado? Muchas gracias por vuestra ayuda
Muchas gracias a ambos por vuestras respuestas, me queda claro que la actualización de la renta se debe hacer teniendo en cuenta la variacion de los dos años (de hecho una lectura más detallada de la clausula me ha hecho ver que la manera de realizar la primera actualizacion siempre en referencia a la fecha del contrato). Lo que me sigue causando duda es el uso de la palabra "automática" en el contrato, ya que de esa manera no me queda claro si es necesaria notificación alguna, o las condiciones de la misma...es decir, yo ahora le puedo reclamar a la casera que me lo notifique de manera oficial y aplicarlo solo desde entonces? o en ese caso si que irian los retrasos de esta segunda anualidad?
No puede reclamar nada porque usted no pidió la actualización a la baja y ahora no puede ir contra sus propios actos. Pero al actualizarse la renta ahora si puede exigir que se actualice por los 2 años, no solo por el último
Y si no ha habido actualización anterior, con la de la fecha original del contrato? Y puedo reclamar lo que he pagado de más durante un año al no haberse realizado la actualización el año anterior cuando la variacion IPC fue negativa?
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