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Esta pantalla controla la alarma, calefacción, persianas, iluminación...todo sin embargo puede funcionar manualmente sin la domótica mientras se mantenga ésta alimentada (aunque no tenga la pantalla que lo controla).
El propietario no quiere pagar la reparación, dice que es un extra y que se puede estar sin ello, y que en todo caso para la calefacción pone un termostato y listo.
La reparación cuesta 240 euros, un pico, para más inri cuando han venido a instalar la pantalla han detectado una segunda avería, dicen que debido a un golpe (responsabilidad del servicio técnico en todo caso aunque ya están tirando balones fuera) con lo cual la cosa se puede disparar aún más, yo les he hablado de cual es la situación, los propietarios no quieren pagar y yo, viendo que la cosa se va a ir a mucho más con este segundo problema, pues tampoco.
Mi idea era pagar la reparación y posteriormente reclamar el reembolso, informe en mano del servicio técnico, a través de una entidad que es quien gestiona el alquiler (el contrato no lo tengo directamente con el propietario, sino con esa entidad, el propietario tiene su contrato aparte con la entidad).
Llegados a este punto, ¿qué se puede hacer?, mi temor es, si no lo arreglo yo, es que llegue el primer año del contrato, el propietario decida poner fin al contrato y yo pierda la fianza pues me achaque a mí la avería (una y otra vez me repiten que la persona anterior estuvo 3 años y no tuvo ningun problema, y que para tener que pagar una avería así cierran el piso y se ahorran dinero).
¿Se puede dejar sin reparar y de la misma manera que a mí el propietario me dice que no es algo básico, sino un extra, yo no tendría problemas en el futuro por ello?
Le acabo de echar un vistazo a ese enlace, en principio utilizaría http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/modelo-reclamar-reparacion , dado que aún el equipo está sin reparar y el día 28/02 les comuniqué por escrito la incidencia sin recibir respuesta indicaré que ante la falta de la misma procederé a la reparación esperando el reembolso de la misma.
Algo así.
No obstante consultaré en Fomento antes.
En el blog de Amparo BB Papeleos Alquiler vinculado a este foro tienes modelos muy buenos para reclamar las reparaciones, su pago, etc. Adaptalo a tus circunstancias. No está demás que también te informes en la Consejería de fomento sobre las medidas de control que tengan establecidas sobre la entidad de alquiler, así podrás ejercer más presión sobre ella.
Ok, así lo haré entonces, lo que ya se me escapa es la redacción de dicho burofax y que tiempo fijar para que me lo reembolse, básicamente la idea es que el fondo de la misiva sea "he arreglado esto, ha costado tanto, en virtud del contrato reclamo su reembolso en un tiempo máximo de x días (?(¿qué tiempo se suele poner?)...¿y si no?
¿He de condicionar el reembolso a algun tipo de medida por mi parte (acudir por ejemplo a la consejería de fomento (la entidad pertenece a la junta de mi comunidad autónoma) o simplemente reclamar el pago?
Efectivamente, sigue el contrato al pie de la letra y dirigeles a ellos el burofax reclamandoles la reparación en estricto cumplimiento de dicho contrato. Las negativas por teléfono son fáciles, enfrentarse a un escrito del que se ha dejado constancia es más comprometido para la entidad, que además es pública y siempre tendrás vías de reclamación que no sea la judicial: si es municipal, pues al Ayuntamiento; si es autonómica, al órgano competente de la Autonomía (consejería, etc), y si es del Estado, pues al Ministerio.
Aja, bueno, es un poco más complicado, el contrato no lo tengo directamente con el propietario, lo tengo con una entidad pública, y ellos tienen por su parte otro contrato con el propietario.
El que tienen conmigo es el contrato tipo de la ley de arrendamientos urbanos, allí se específica además que durante el primer año ellos se hacen cargo de las reparaciones, pero claro, fijan un proceso cuando se producen averías, que es llamarles primero a ellos para que avisen al seguro y a partir de ahí el resto...y ese fuí mi error, remitirme directamente al propietario, de cualquier modo esta entidad se ha lavado las manos y dicen que no lo pagan, eso comunicado telefónicamente, por escrito en su momento les solicité consultarán al seguro y no recibí contestación alguna.
¿Serían ellos, de cualquier modo, a quien habría de remitir dicho burofax y reclamarles el pago dado que mi contrato es con ellos?
Efectivamente, la prórroga anual es para el inquilino una facultad, hasta que se cumplan 5 años de vigencia del contrato, en cambio el propietario no puede impedir esa prórroga dedicida por el inquilino salvo que en el contrato se haya previsto expresamente para el caso de que el propietario necesite la vivienda para sí mismo o para un hijo.
En cuanto a la reparación, lo primero es notificarle mediante burofax con aviso de recibo (correos), la avería misma, aunque ya lo hayas hecho verbalmente, debes dejar constancia, advirtiéndole que s no lo hace en un tiempo determinado, lo encargarás tu y le pasarás la cantidad para que te la abone. Si finalmente no lo hace, tendrías que reclamarselo judicialmente, y no valdría la pena. Eso si, nunca lo deduzcas de la renta, pues te demandaría el por impago.
Gracias Domus
¿Una cuestión, solo yo puedo decidir, al final de cada periodo anual, terminar el contrato?, ¿el propietario no?, ¿ellos pueden decidir que no pero si yo digo que sí se sigue adelante? es que me estaba viendo en un año buscando de nuevo y encima sin el mes de fianza.
¿Podría pagar la reparación y posteriormente reclamar el reembolso por algún tipo de vía (apoyado siempre en un informe del servicio técnico que constate que la avería no se debe a mal uso) o si la pago estoy asumiendo explícitamente que fuí yo el causante de la misma?
El problema que puedes tener ya te lo están anunciando: te atribuyen la responsabilidad de la avería y cuando abandones la vivienda te retendrán la fianza para hacer frente a la reparación.
En cambio no guarda ninguna relación con permanecer en la vivienda hasta 5 años si no decides rescindir tu el contrato en cada una de las prórrogas: el propietario, en cambio, está obligado a respetar esa decisión tuya de permanecer en el alquiler. Nada tiene que ver en ello la avería de la domótica.