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oskuraluz

inquilino/a

¿Tienen que devolverme la renta total o parcialmente?

Hace no mucho en el edificio donde tengo un piso alquilado, ocurrio un gran incendio provocado por unas obras cercanas. Evacuamos apresuradamente todos los vecinos y el ayuntamiento clausuro el edificio 21 dias. Despues de esto la perito del ayuntamiento permitio el acceso a las primeras plantas donde estaba mi vivienda. Tanto la propietaria como yo teniamos contratado un seguro y los responsables del incendio que se habian reconocido como tales (las obras) el suyo. LLame a mi seguro y se arreglo pintar y tintoreria. Mi sorpresa que nadie se hace cargo del alquiler de la vivienda, me dicen que presente informe de gastos. Pero la vivienda que tambien uso de oficina ya que soy autonoma, tiene una renta de la nada despreciable suma de 2.000 euros, no he alquilado nada mientras tanto aunque ha sido un gran trastorno, pero no he podido disfrutar de mi alquiler y me gustaria saber si los seguros tienen la razon o tengo derecho a reclamar.

  • Preguntado por: oskuraluz
  • Hace 14 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
Domus ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Entiendo que son las compañías de seguros las que tienen que entenderse y reclamarse en función de la causa de los daños, que no es otra que el incendio. Los perjudicados, que lo son tanto el inquilino como el propietario, tienen acción directa frente a la aseguradora de la empresa responsable de las obras, que es la que en definitiva debe satisfacer todos los importes. Mi consejo es que por lo pronto, Ud como inquilino haga valer que el contrato ha quedado temporalmente suspendido (como usted no lo puede usar, la renta debe quedar también suspendida) y que sea el propietario el que reclame esa renta no satisfecha al causante de los daños. Comuníqueselo así al propietario mediante burofax, con acuse de recibo (correos). En todo caso, su propia compañía de seguros deberá asesorarle sobre cómo actuar en cada momento.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 14 años
  • manuel josé

    casero/a

    Si eres inquilino y hay obras que duran más de veinte dias tienes derecho  a la disminución de la renta en la parte proporcional  a la parte de vivienda afectada.  Si la hicieran inhabitable incluso a la suspensión  y/O ANULACIÓN DE  la renta.Pero esto tendría que decirlo un juez. Te sirve de argumento ante el propietario que sino lo demandarias. saludos,

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