A mi parecer no ya que efectivamente el contrato ya se encontraba en vigor. Son cuestiones que hay que dejar muy claras antes de la firma, revisar todos los componentes del piso minuciosamente, o en su caso si había ya una avería pendiente no se debería haber firmado hasta que el piso estuviera en las condiciones idóneas de habitabilidad.
Lo que sí le hubiera otorgado la ley es en caso de reparaciones urgentes la posibilidad de si se notifica previamente al propietario y éste hace caso omiso las puede encargar el arrendatario y exigir su inmediato pago al arrendador.
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