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Malena Galea

inquilino/a

sustitución de la caldera

En mi contrato consta que tengo que asumir los gastos derivados de la reparación y mantenimiento de servicios de la casa como el calentador. Se ha roto (por segunda vez en 5 años) y hay que sustituirlo  (900?). Puedo entender que "sustitución", que representa un gasto mayor, no está contemplado en los conceptos de "reparación" y "mantenimiento" (gastos menores) por lo que tiene que pagar el propietario el nuevo calentador.
Gracias

  • Preguntado por: Malena Galea
  • Hace 9 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (1)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Ante cualquier reparación hay que aplicar la teoría, reparación pequeña o avería/rotura por negligencia o mal uso debe pagarla el arrendatario, reparación grande o sustitución por antigüedad debe pagarla el arrendador. Así que cuando pasa esto, hay que llamar a un técnico y que el dictamine el coste y el porque de la avería. En este caso, esa sustitución tendría que hacerse cargo el arrendador.
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