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En mi contrato consta que tengo que asumir los gastos derivados de la reparación y mantenimiento de servicios de la casa como el calentador. Se ha roto (por segunda vez en 5 años) y hay que sustituirlo (900?). Puedo entender que "sustitución", que representa un gasto mayor, no está contemplado en los conceptos de "reparación" y "mantenimiento" (gastos menores) por lo que tiene que pagar el propietario el nuevo calentador.
Gracias