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Cyberia

casero/a

¿Se puede exigir al arrendador que cambie las tuberías de plomo de un piso antiguo, alegando que no es apta para consumo?

Mis inquilinos me exigen que les cambie  todas las tuberias de plomo de la vivienda despues de 3 años de alquiler , alegando que no es apta para consumo y que sale muy sucia.

Es una vivienda que puede tener unos 25 años , y ciertamente desconocia el problema en el momento del alquiler.

  • Preguntado por: Cyberia
  • Hace 14 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (8)
inquilino_ y_propieta ha sido el primero en contestar
Alfonso Moyano ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    ...y por tanto tampoco tiene ni que avisar ni que dar plazos.

     

    La LAU prevee que las obras que no puedan posponerse, deberán ser soportadas por los inquilinos, independientemente de lo molestas que estas pudieran ser... y en este sentido, deberá usted notificar las obras a realizar en el prazo más breve posible (sin especificar exactamente plazo)... pero hace referencia a reparaciones urgentes, no a lo que señala.

     

    A mi entender, reemplazar las tuberías de hierro no es una reparación urgente; y si usted, por dar servicio a sus inquilinos, desea sustituiras será obviamente de mutuo acuerdo y desde luego sin imposiciones por parte de dichos arrendatarios. En caso contrario, no está usted obligado a realizar esta reparación, mucho menos de urgencia; y sin duda no tiene porqué aceptar esas exigencias que relata.

     

     

    Saludos cordiales.

     

  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    Para tener una base común transcribo el artículo 21 de la LAU:

     

    Artículo 21. Conservación de la vivienda

    1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.

    La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.

    2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.

    Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.

    3.El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.

    4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.

     

    Ahora bien, si las tuberías son de hierro, no de plomo; no entiendo el problema. Estas tuberías no ocasionan problemas de salubridad en el agua; incluso en estados avanzados de corrosión, pues es inerte en el organismo humano. Lo que sí pueden ocasionar son fugas de agua, pero entiendo que no van por ahí los tiros...

     

    Si las tuberías son de hierro, y no hay fuga de agua, usted NO tiene obligación de cambia...

  • Cyberia

    casero/a

    Me referia al incio de la obra con meses de antelación , algo parecido a lo que plantea el art 22.2  , avisar a los inquilinos hay que avisarlos por lo menos para que les abran la puerta a lo obreros  :).

    Mañana mismo ya he quedado con técnico que va a mirar el tema , por lo que me han dejado caer los inquilinos ya parece por lo que me dicen que seguramente no sea el problema de tuberias de plomo , si no que deben ser de hierro.

    El tema de la notificacion es que he captado por lo que me decian por telefono y por sus reacciones, que :

    En un principio no se podia vivir asi

    Seguidamente me piden que les pague el agua (ya que, al parecer, no la utilizan para beber ni para cocinar..), mientras buscan otra vivienda

    Accedo a ello y le digo que vale que me parece justo y me dicen que además les debo de bajar el alquiler tambien.

    Y visto lo anterior, les comunique que mañana iba un tecnico que si la solucion es viable, iniciariamos la obra, ya no les ha hecho mucha gracia, tener que soportar la obra.

    Por eso era el tema de la notificacion por parte de los inquilinos para que conste que son ellos los que me solicitan la obra

    • Respondido por: Cyberia
    • Hace 14 años
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Hombre, obligación a comunicar la fecha de inicio de las obras no sé si legalmente tendrás, pero sería muy feo que un día, a las ocho de la mañana se presentaran los obreros de repente en el piso para empezar las obras, sin que los inquilinos supiesen nada...

    :)

     

    Explíca mejor ese punto , porque creo que te he entendido mal...

     

    Lo de la notificación formal: lo que debéis hacer, como te hemos dicho, es pedir la opinión de un profesional en la materia. Ese profesional te dará un informe que lo podrás presentar a la comunidad en junta para empezar las obras de todo el edificio, o te confirmará si las debes hacer tu sólo (porque solo tus tuberías son las que causan problemas), o si todo está bien.

    Que te soliciten tus inquilinos formalmente por escrito la reparación, no tiene más valor que el informe del técnico (también te pueden pedir formalmente..., no sé, suelos de mármol, y eso no quiere decir que se los tengas que cambiar).

     

    Si te he entendido mal en esto también, pues explicalo un poco más.

     

    Saludos.

  • Cyberia

    casero/a

    Gracias por las respuestas, si no me equivoco, este tipo de obre estaria dentro de lo que tal y como denomina L.A.U , en su art. 21 Conservación de la vivienda, lo que me queda la duda es si tengo que decirles que me entregen una notificación formal del problema solicitando la reparacion.

    Más que nada por cubrirme las espaldas a la hora de iniciar la obra , y por lo que capto en el citado articulo no es necesario notificar el inicio de la obra, ya que tienen la obligacion de soportar las molestias, simepre que no dure mas de 20 dias que ya seria indemnizable.

    • Respondido por: Cyberia
    • Hace 14 años
  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    Lleve el agua a analizar, preferiblemente agua que haya estado en las tuberías durante más de un día; y le determinarán si el agua está o no contaminada con plomo.

     

    La utilización de plomo en las instalaciones de suministro hace mucho que está prohibido, pero eso no significa necesariamente que exista un problema con las tuberías de su vivienda.

     

    Si el agua es no potable, deberá sin duda reemplazar las tuberías, y si las tuberías del edificio para el suministro también son de plomo; tendrán que sustituirlas al completo, y sin demora; o podrán ser objeto de demandas MUY costosas por parte de algún inquilino que termine enfermo.

     

    Saludos cordiales.

  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Si tu edificio tiene problemas de tuberías, el que las cambies tu sólo unicamente hará que tú, en tu piso, no tengas averías. Pero las tuberías del resto del edificio seguirían "contaminando" el agua.

     

    Como te ha dicho Guillen, debería ir un técnico y examinar todo. Si realmente hay que cambiarlas, lo debéis hablar todos los vecinos en junta (es importante que se presente el informe del técnico a la reunión).

  • usuario eliminado

    Si las tuberias de toda la finca son de plomo, no hace nada cambiar solo las del piso. Lo que si seríra conveniente es que fuese un técnico entendido para ver que hay de cierto y que posibilidades tiene el tema.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
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