Rotura puerta de entrada: ¿el arreglo del marco de la puerta tengo que pagarlo yo?
Ayer me llamó mi inquilina, la poicia tuvo que entrar a la fuerza en mi piso porque pensaban que a ella le había pasado algo, estaba dentro no respondía parece ser que está en tratamiento por una depresión y le recetaron algo que hizo que se quedase profúndamente dormida. El caso es que la puerta de entrada ha quedado en mal estado y quería saber a quien corresponde esta reparación , la cerradura ya la han cambiado pero el arreglo del marco de la puerta tengo que pagarlo yo?. muchas gracias
Preguntado por:
Lydia Bernal delgado
Hace 6 años
Categoría: Reparaciones
Respuestas (21)
PHOLMO ha sido el primero en contestar PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
usuario eliminado
Rosa, aunque a ti te lo parezca, el caso no es tan claro. El responsable es el que causa el daño. Y si no se puede imputar al que ha causado el daño, será la LAU quien determine quien paga esa reparación
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Usuario dado de baja
Hace 6 años
Rosa
inquilino/a
Evidentemente el casero NO TIENE LA CULPA. Ni llamó a la policía, ni causó ni participó en modo alguno a la rotura del marco. La inquilina tendría que hacerse cargo o pedírselo al responsable. Siendo esta persona familiar y figurando en el contrato, el caso no puede ser más claro. Había más opciones: haberle pedido una copia de la llave (ya que le preocupaba su situación) o llamar al propietario por si tenía otro juego.
Eso es lo que yo opino Amparo, que el responsable es quien llamó a la policía para que derribara la puerta o en ultima instancia habría que ver si la propia policía tendría algún tipo de responsabilidad
Respondido por:
Usuario dado de baja
Hace 6 años
usuario eliminado
Luifer, el dato de que la madre s coinquilina lo aporta el consultante después de que yo haya realizado mis aportanciones, aun con todo, cuando digo y repito que el responsable a quien se le debe pedir la restitución del daño es a quien llamó a la policía sea coinquilina o no. Espero que ahora te quede clara mi postura
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Usuario dado de baja
Hace 6 años
Amparo BB
profesional
Con este dato (de que fue la madre quien llamó siendo además inquilina) parece claro que es responsabilidad de ellas. Pero.. por aprender....supongamos que llamó un amigo de la familia que estaba preocupado. No sería este amigo responsable y por tanto podría reclamársele los daños de la puerta??
Sin ánimo de polémica la puerta la rompe la policía a requerimiento de la madre que es coinquilina. No tiene duda, las responsables son las inquilinas. La LAU habla de reparaciones por el uso de la vivienda y esto no es por el uso sino que ha sido causado deliberadamente.
luifer, el casero no tiene tampoco ninguna culpa, pero ante la situación de que ninguno de los dos sean culpables del siniestro, o bien se busca al culpable y se le reclama o se aplica lo que dicta la LAU al respecto que es lo que llevo diciendo desde el principio
Respondido por:
Usuario dado de baja
Hace 6 años
Raul Lopez Nevot
inquilino/a
Creo que primero deberíais preguntar al seguro de la vivienda
En el contrato figura la chica que se quedó dormida y su madre que fué una de las personas que llamó a la policia debido a su preocupación , hay que poner la puerta nueva, he visto la foto gracias a una persona que he enviado porque ella no me responde .... no se como proceder...
Leyendo el contrato he caido en la cuenta de que está a nombre de dos personas y una de ellas fue la que llamó a la policia ,consta en el contrato pero no es su vivienda habitual, cambia en algo la situación? hoy he visto lad fotos de la puerta que me ha enviado otra persona porque la inquilina no responde y hay que cambiar toda la puerta... ni idea de lo que cuesta, quedamos que ella hacia un seguro de hogar y yo me encargaba de pagar las basuras que le corresponden según contrato, me dice que el seguro no cubre esta rotura ...ya no se que pensar gracias por vuestras respuestas
Perfecto PHOLMO pero la inquilina por el mero hecho de estar durmiendo en su casa no se le puede imputar en modo alguno causa remota
Respondido por:
Usuario dado de baja
Hace 6 años
PHOLMO
profesional
Carlos le paso una definición de causa remota: Es la causa o serie de causas que desencadenan un acto dañoso, siendo la más lejana de las causas que finalmente producen una pérdida o daño.
, creo que no es posible imputársela al casero y sí al inquilino:
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