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Somos los inquilinos de un chalet en una urbanización. Nuestro contrato dice que pagamos solamente de los gastos que hemos contratado dentro del chalet. y que esta incluida es la luz del motor de la puerta principal y para utilizar el motor de la bomba para sacar agua. Cuando habían una reparación de cualquier cosa pagó el dueño como socio de la comunidad de propietarios, y no pagamos nada de estos ni dice nada de esto en el contrato ni pagamos una cuota a la comunidad. El problema es que la puerta principal siempre está roto y la han reparado muchas veces y cada vez que hay una tormenta fuerte no funciona. Antes de navidad en las tormentas fue otra vez y la han reparado y me han preguntado la comunidad que tenemos que pagar 31€ como nuestro parte del recibo para repararla pero les dije que no pagamos de las reparaciones y deben preguntar a mi dueño para el dinero. Ahora mi dueño dice que tenemos que pagar el recibo porque la puerta utilizamos nosotros y no él? ¿Que hacemos?
ah claro... si es una puerta a la urbanización... el inquilino no tiene nada que ver... Stacey... simplemente... no pague esos 31 euros.
Amparo, creo que se trata de la puerta de acceso a la comunidad.
En ese caso no le corresponde pagarlo al inquilino. Es un gasto de comunidad que tendrá que pagar el casero (una derrama).
Tratándose de 31 euros. La ley española dice que es cosa del inquilino (por ser una pequeña reparación)
saludos - Papeleos Alquiler.