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cgg

casero/a

¿Quién tiene que pagar la reparación de un tejado del local comercial que solo es de él, y que él solo hizo?
Me gustaría saber si el gasto es de toda la comunidad o solo de él. El tejadillo cubre un patio interior que era de todo el edificio.
  • Preguntado por: cgg
  • Hace 15 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    Se dice en la pregunta que el patio "era" de todo el edificio, pero en realidad lo sigue siendo, a no ser que la comunidad lo haya vendido mediante acuerdo unánime, modificando su título constitutivo, la escritura de división horizontal del edificio, que es imprescindible conocer para dar una respuesta. Si en esa escritura se han añadido nuevos elementos al edificio original y de la misma escritura no se desprende lo contrario, la nueva cubierta es tan común como la cubierta del ático, y por tanto la comunidad será responsable de su reparación.
    Por el contrario, si no se ha producido una venta, si en la escritura no existe obra nueva sobre el patio, se podrá discutir si el dueño del local que lo ha cubierto debe devolverlo a su estado original o ha adquirido el derecho a mantenerlo, dependiendo de si ha sido expresamente autorizado por la comunidad, autorización que a veces se defiende y se entiende concedida tácitamente cuando ha transcurrido mucho tiempo desde la obra sin que la comunidad se haya opuesto. Entonces quizá no se pueda obligar al propietario del local a echar abajo la cubierta, pero en ningún caso la comunidad tendrá que mantenerla. La obligación de la comunidad es mantener el patio, que sigue siendo el elemento común protector del edificio según las escrituras de la comunidad.
    También es posible que el patio sea un elemento común pero de uso privativo, bien por estar así determinado en el título constitutivo o por haber sido posteriormente acordado con el propietario del local comercial, uso exclusivo al que suele acompañar el mantenimiento. En resumen, hay que conocer las escrituras de la comunidad y los acuerdos aprobados en Junta de propietarios.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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