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C. V.

inquilino/a

¿Quién tiene que arreglar la cerradura de la puerta de la casa? Vivo de alquiler y a veces no puedo abrir o cerrar bien.

El bombín de la puerta de la casa se está estropeando, porque algunas veces giro la llave y me cuesta trabajo abrir o cerrar. ¿El arreglo lo pago yo o el casero?

  • Preguntado por: C. V.
  • Hace 14 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (8)
Mari Lolis ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No Mari Lolis, no te molestes, la LAU no lo especifica.

    A mi también me gustaría saber el fundamento de la afirmación del profesional PROELITE.

     

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    si tu contrato pone 60 días, son 60 días.

    en el mio pone que son 90 días.

    No se si esta estipulado por ley...luego lo miro en la LAU , que ya sentí curiosidad.

    De todos modos tengo 90 días y de nada me ha servido.....lo comuniqué de palabra a la semana de vivir ahí, vino el propietario, dijo que lo arreglaria, a los 2 meses le envié un burofax porque seguia sin reparar, llevo 4 meses y sigue sin reparar.

    El burofax lo envié para reparar cosas imprescindibles y descontarlas del alquiler y otras, como el marmol que esta partido y no las puedo descontar, las notifiqué para cubrirme las espaldas, ahora, por lo menos, no podrá decir que el marmol  lo he roto yo....aunque nunca se sabe.

    Por cierto, ni ha dicho nada del burofax ni del descuento que le hice del alquiler por las cosas que si pude reparar por ley.

  • cañero

    inquilino/a

    Me interesa eso de los 30 días que dice Proélite.

    Es curioso porque mi contrato dice que tengo 60 días para revisar que todo funciona...

    ¿Ahora resulta que son solo 30?

    Proélite... ¿Puede saberse en qué fundamenta  esa afirmación? (Algún artículo de la LAU, código civil, jurisprudencia....)

     

    • Respondido por: cañero
    • Hace 14 años
  • proelite

    profesional

    Si llevas menos de 30 días lo paga el propietario.

    • Respondido por: proelite
    • Hace 14 años
  • arquitopo

    arquitopo

    profesional

    Yo voy a proponer algo evidente, que seguramente ya habrá hecho, pero por si acaso: muchas veces ese problema en concreto se arregla, simplemente, con un poco de aceite lubricante por el ojo de la cerradura

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    De acuerdo con Guillem.

    Art. 21-4 de la LAU: "Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario. "

  • usuario eliminado

    Muchas veces el bombín se llena de restos de llaves mal hechas, o duplicados mal limados. Quizas solo colocando en el bombían grafito molido ( lo venden en ferreterias y tiendas de llaves ), ya serviría para que te volviese a ir bién. No obstante, las reparaciones de uso en un piso que habitas las ha de pagar el inquilino.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    yo creo que lo paga el inquilino...son unos 25 euros y 10 minutos el cambiar el bombín.

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