¿Quién debe reparar las averías en las paredes ocasionadas por el envejecimiento de la vivienda?
Llevo desde el año 1975 viviendo en esta vivienda (desde mis 5 años) en el 91 quedó subogado el alquiler a mi persona ya que mis progenitores se mudan a una propia en unos años. Este señor me pide judicialmente los gastos de IBI, basuras y alcantarillado que se guarda en su poder durante 3 años, en la 2º ocasión llegamos a juicio en el que se me sentencia a pagar y una subida de alquiler de 120€ (antes del juicio) a 400€ después del juicio también se me "obliga a firmar un contrato en el que expone que no tengo derecho a pedir nada en cuanto a reparaciones y que me entrega una casa habitable, (lo cual no es cierto) por motivos económicos no puedo optar a un perito para demostrarlo (la casa es antigua construida con mares y tengo fotos de cada esconchón que salió nuevo a los que ya había uno justo encima de la entrada en el interior gracias,
Es cierto que el casero debe mantener la vivienda en estado que sirva para vivir (mantenimiento básico), pero también es cierto que la Ley le asiste para repercutir en el cliente el importe invertido en las reparaciones.
Intente negociar con su casero: que el reforme la vivienda y usted le paga un alquiler actualizado. De otro modo tiene pocas garantías de éxito.
Yo creo que después de 34 años de contrato, el propietario debería recobrar su casa, máxime aunque te hayas subrogado, legalmente tienes todo el derecho a estar, pero moralmente creo que deberías devolver el piso a su propietario.
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