Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
La puerta de la vivienda esta vieja y deteriorada, y creo que puede ser bastante insegura, y cualquiera nos puede abrir o romper la puerte para entrar en la vivienda, ¿puedo obligar al casero a que me la cambie?
Coincidiendo con las anteriores respuesta me permito someter a la consideración de AA_luna queen los arrendamientos de vivienda suele ocurrir que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados en sede judicial puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Lo primero es que nadie puede obligar a cambiarla, en todo caso y a falta de acuerdo sera una sentencia judical la que obligue a ese cambio.
Para instar la demanda no basta con manifestar si la puerta es insegura, hace falta una prueba, un informe pericial que asi lo determine.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
Si, Deben aplicarse los arts 21.1 LAU y 1554.2º del Código civil. El arrendador debe hacer en la vivienda todas las reparaciones necesarias para conservarla en estado de habitabilidad, lo que incluye la puerta de entrada.