Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Iel

casero/a

¿Puede el inquilino desistir el contrato de arrendamiento por las molestias de las obras de reparación de una avería?
Debido a los desperfectos producidos por una avería las reparaciones en la vivienda arrendada van a generar molestias en el inquilino y el profesional le aconseja no pernoctar en la finca durante dos días por los olores tóxicos del barniz del suelo.

¿Puede considerarse esto una pérdida de habitabilidad?
¿Quién debe determinar esta circunstancia?
¿Tiene derecho el inquilino a desistir el contrato acogiendose al articulo 26 de la LAU?
¿Estoy obligado a devolverle la fianza o el desistimiento del contrato conlleva la renuncia a esta?
  • Preguntado por: Iel
  • Hace 15 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Livia, esta vez , y sin que sirva de precedente :-) discrepo contigo...
    La LAU dice que el inquilino tendría derecho a alguna reducción en la renta si la obra dura más de 20 días.
    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#artículo_21
    Por sólo 2 días, la LAU no le da derecho a ningún tipo de compensación. Tendrá que hacer lo que hacemos todos en casos así, irnos a dormir un par de noches a casa de algún familiar o amigo.
  • livia

    inquilino/a

    Lo que sí entiendo que según la LAU el inquilino tiene derecho a la disminución de la renta en forma proporcional a esos dos días que la casa estará inhabitable, tendrías que deducir esos dos días del alquiler.
    Pues que bien que le reparen el suelo y se lo dejen nuevecito.
    • Respondido por: livia
    • Hace 15 años
  • Vera Grande

    Vera Grande

    profesional

    Exactamente, sólo si la vivienda no es habitable durante un periodo de 20 días, que no es el caso.
    Un saludo
    Vera Grande Alonso
    Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid
    www.abogadosgrande.es
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En mi opinión, en este caso aplica el artículo 21-2
    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#artículo_21
    Este artículo dice que el inquilino está obligado a soportar la obra, y únicamente si la obra dura más de 20 días el inquilino podría tener derecho a una reducción en la renta.
    Pero una casa no deja de ser habitable por 2 días de obra. Son cosas que pasan.
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas