Piscina cerrada. Quise este piso por la piscina. ¿Puedo resolver el contrato de alquiler?
Hola, soy inquilino y tengo contrato larga temporada desde el 01/11/16. La vivienda tiene acceso directo a piscina comunitario desde el jardín. Ésta fue una de las razones por las que alquilé la vivienda. Tras reunión de comunidad hace unos días, me informan vecinos que este año (el primer verano que voy a pasar en la vivienda) no se va a abrir la piscina, pues se requiere de obras para accesos a minusválidos y reparar grietas y no se ha aprobado derrama para ello. Así que van a esperar a ver si para la proxima temporada hay presupuesto para acometer obras. Puedo resolver el contrato de alquiler ? Puedo exigir una minoración de las cuotas mientras no se abra la piscina?
si esta a pocos metros de la playa creo que juega en contra tuya, ya que la piscina en ese caso no es necesaria porque os podeis bañar en el mar, y menos si no se menciona la piscina en el contrato.
Esa es la única manera, solicitando, y si no llega a un acuerdo, avise con 30 dias de antelación de forma fehaicente, y vayase una vez cumplido los 6 meses. Lea bien el contrato, por si tiene alguna penalización al dejar la vivienda antes de que finalice el contrato, y acuerdese de firmar el documento de fin de arrendamiento a la salida del mismo.
En contrato ni se menciona la piscina, pero solo hay que ver la vivienda para darse cuenta que la piscina es un claro atractivo de la vivienda, siendo de las pocas privilegiadas con acceso directo a ella. Hablamos de una urbanización en la que la mayoría son segundas residencias de verano, y a pocos metros de la playa, en una provincia como Málaga, dónde la piscina o el aire acondicionado (que no dispongo, pero que me da igual porque suplia con la piscina en la puerta del jardin) son necesarios. Voy a plantearles una bajada del 50% de cuotas en meses de verano (13% anual) o una bajada del 10% mensual. Y si no quieres, resuelvo el contrato en mayo que habrán pasado 6 meses como consecuencia del cierre de piscina. (Tengo mas incomodidades a parte con los vecinos, pues están peleados entre sí por los aparcamientos y acaban repercutiéndomelo a mí, que no molesto a nadie porque no uso zonas comunes).
De forma unilateral no se puede resolver ningún contrato, a no ser, que así lo dictamine un juez. Para saber que posibilidades tiene delante de un juez, habría que ver detenidamente el contrato de arrendamiento, y ver que importancia se le da a la piscina en el mismo. Por lo tanto, ya sea para la resolución, o para la rebaja de las rentas, la única forma de llegar hasta este punto, es negociar entre las partes.
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