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Donde puedo denunciar o que procede
gracias
Este caso no parece ser en España, el peso hace ya tiempo que dejó de ser monda oficial aquí, no obstante cabe recordarle al consultante por si le sirve el artículo 1600 del Código Civil: El que ha ejecutado una obra en cosa mueble tiene el derecho de retenerla en prenda hasta que se le pague.