Lo que dice la LAU respecto a las reparaciones es:
(mira el art. 21; lo he intentado poner, pero no me cabe)
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm En muchas ocasiones hay problemas para definir que es una reparación pequeña por el uso ordinario (que tiene que pagar el inquilino) y cuando no. Pero este no es el caso.
Le deberías notificar por burofax, para que quede constancia, de la avería. Algo similar a: Como ya le he indicado en nuestras conversaciones telefónicas repetidas veces, la caldera del piso que tengo alquilado con usted se ha estropeado.
De acuerdo con el artículo 21 de la LAU es una avería que le corresponde pagar al arrendador.
Debido a que ya se lo hemos notificado varias veces, hemos esperado X tiempo para la solución del problema y la importancia de este tema en esta época del año (mes de noviembre), si usted no procede a la reparación de la caldera durante los próximos siete días, llamaremos nosotros a los técnicos /compañía (pon lo que corresponda), descontándole el importe de la reparación /instalación /compra de la nueva caldera (pon lo que corresponda) en la renta del próximo mes / meses.