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hola, la instalacion de piso que vivo no vale,la mitad de piso no hay lux, y los eletricistas decen que hay que canbia todo la instalacion de piso sino nada,y el propitario no quiere saver nada,quien tiene que ariglalo yo o el propitario.
el contrato dice que en el supuesto de que las companias suministradora de energia,gas,agua etc.,obligasen a algun cambio de las instalaciones o a la colocacion de aparato limitador,o de otro tipo,el inquilino se compromete a sufragar su coste.este quiere decir que tingo que instalar e piso.
Ante cualquier reparación hay que aplicar la teoría, reparación pequeña o avería/rotura por negligencia o mal uso debe pagarla el arrendatario, reparación grande o sustitución por antigüedad debe pagarla el arrendador.
Así que cuando pasa esto, hay que llamar a un técnico y que el dictamine el coste y el porque de la avería.
Acuda a un abogado, quién con toda la información disponible y los partes de los electricistas que determinan que hay que cambiar la instalación eléctrica, podrá proceder a reclamar judicialmente esa reparación más los daños y perjuicios que ello le ocasione o pedir la rescisión de contrato en el juzgado alegando la falta de habitabilidad.
Pueden tardar entre 6 y 9 meses; pero es una muy mala idea.
te condenarán a pagar las deudas y los intereses y otros 3-4mil euros de costas judiciales.
esa deuda de perseguirá donde vayas y en cuanto cobres algo te lo embargarán.
no pienses que marchandote de españa no te embargarán; no es así.
pablo.
segun la lay del 94 cuanto tienpo tardan desde que el propitario se vallar al jusgado hasta que se desalohan de piso, o el tramite de desajucio cuanto duran
No importa lo que diga el contrato. La ley va delante.
si es una pequeña reparación (150€ o menos) debes pagarla tu; lo demás lo debe pagar el casero.
exigele la reclamación por burofax; y si no lo hace, demandale.
creo que vas a necesitar a un abogado.
pablo.