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Actualmente, estoy pagando 385 euros + 40 de comunidad = 425 + IbI. Por un piso de 2 dormitorios, de 42 años y sin ninguna reforma, todo de origen. ¿No puedo reparar las ventanas? Ni siquiera pagandolo yo. Pero en invierno, no se puede estar en esa casa. ¿No puedo hacer nada?
Hola,
habría que ver la fecha del contrato (para diferenciar si hablamos de "renta antigua" o no) y así establecer las acciones más beneficiosas.
En cualquier caso debe notificar fehacientemente al propietario las averías detectadas y los problemas que éstas le ocasionan.
El pago de las reparaciones recaerá sobre el propietario, y dependiendo de la antigüedad del contrato se las podrá repercutir a Usted o no.
En caso de que el gasto sea repercutible, tal vez le interese pagar Usted y que no aumenten la renta. Para ello deberá solicitar del propietario permiso para realizar las obras.
Espero haber ayudado.