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El electrodoméstico estaba ya en la vivienda, como inquilina entiendo que debería de ser yo, ya que el uso es por mi parte. Gracias
Si el electrodoméstico llega al final de su vida útil, lo que ocurre es que "muere", por lo tanto el propietario debería poner otro de similares característiicas en su lugar.
Si es usted quien termina poniéndo uno nuevo, ese otro aparato pasará a ser de su propiedad, sería el equivalente a que usted compre uno que no existía previamente en la vivienda.
En cualquier caso cuide de dejar por escrito esta circunstancia. Es la mejor forma de demostrar que le pertenece y evitar problemas al finalizar el arrendamiento.
Sea un camino u otro el que tome, siempre necesitará poder acreditar que solicitó la sustitución, y que esta correspondía al propietario.
Piense que probablemente figure en el inventario de la vivienda, y por lo tanto pueden reclamar que esté en la vivienda al finalizar el alquiler.
un saludo.
Antonio Postigo
Gracias por la respuesta, pero sigo preguntándome, el electrodoméstico llega al final de su vida por el uso diario que yo le he dado. Si yo compro otro, el día que me vaya me lo llevo porque es mío o que el propietario me lo compre. Es correcto?
La respuesta no es universal en función del tiempo.
La cuestión de quién debe reparar o sustituir el electrodoméstico dependerá del motivo de la avería. Si es imputable a un mal uso debe ser por cuenta del inquilino, si es debido a que se llega al final de la vida útil del electrodoméstico es deber del propietario su susititución o reparación.
En cualquiera de los dos casos el nuevo electrodomésticos deberá ser de caracterísiticas similares, si que se pueda exigir uno de mayor calidad o prestaciones.
Un saludo.
Antonio Postigo