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Caldera, radiadores, gas, electricidad, canalizaciones, etc
Hola feliciano:
si interpretación es absolutamente correcta.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
No existe ese plazo de reclamación , la teoría es muy sencilla, reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero, en la práctica puede dar lugar a problemas importantes entre casero e inquilino, el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Muchas gracias Jan.
Entiendo que no hay un tiempo delimitado, pero si unas reparaciones otorgadas a arrendador o arrendatario durante la vida del contrato de alquiler.
Gracias de nuevo
Hola feliciano:
le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/reparaciones-pisos-alquiler-3/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es