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Hola,
En nuestro piso tenemos dos ventanas por donde claramente entra aire frío, formándose incluso corriente (lo atestiguan las cortinas y cómo la puerta que las separa se abre con las corrientes). Las ventanas son de madera y antiguas; las típicas de un piso de centro. Como alquilamos la casa a finales de primavera, no podíamos darnos cuenta del problema hasta que comenzó a hacer frío. Ya a finales del verano, viendo que a veces teníamos problemas para cerrarlas, avisamos del problema al arrendador. Le pedimos que tomara en consideración la posibilidad de cambiarlas, dada su antigüedad y el evidente deterioro, previendo que cuando llegara el invierno tendríamos problemas con el frío. Su respuesta fue que las repararía las veces que hiciera falta, pero que de ningún modo las cambiaría. Y que, en todo caso, "unas buenas cortinas ayudaban mucho".
Al ser ventanas de madera, y dada su antigüedad, los problemas vienen por su falta de encaje debido a su deterioro. Lo único que han hecho los técnicos que vinieron a repararlas es lijarlas para que pudieran encajar y cerrar, pero claro, restando su capacidad de aislamiento. Los propios técnicos nos dijeron que las ventanas no tenian solución y que había que cambiarlas, que ya se lo habían dicho al arrendador. Elos son dueños del resto de la planta y, por supuesto, tienen ventanas nuevas de aluminio.
Por mucho que a calefacción esté puesta, como las ventanas no aislan SIEMPRE hace frío. Es más que evidente. Ante esta tesitura, y dada la falta de colaboración que parace mostrar el arrendador, nos sentimos bastante desamparados al respecto. Nos preocupan las facturas del gas, y la situación no está para hacer tanto gasto por un problema que debiera solucionar el arrendador.
Si me pudierais dar un consejo os lo agradecería. Ya sé que el último recurso es acudir a un juzgado, pero supongo que es mejor llevar a cabo otro tipo de presiones antes y evitarlo.
Gracias y un saludo.
Habria que recordar que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial de técnico competente en la materia y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. Si para ello se ve precisado a acudir a la vía judicial necesitará Abogado y Procurador.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)