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diego_mostoles

inquilino/a

Mi escayola se cae al suelo a trozos y está rajada

Hola compañeros. Hace unos 3 meses mi arrendador me cambio la caldera porque la otra estaba mal, se salia el agua estaba ya muy vieja y no iba bien. Puso algunos problemas por el tema de cambiarla pero al final la cambio, pero ahora lo que pasa es que me ha dejado unos agujeros que estan en el techo y al ser el techo de escayola y al haber roto mas de la cuenta el tecnico de la caldera y haber cortado algunas cañas de la escayola se cae a cachos y el techo se esta rajando, aparte de que se mete el agua cuando llueve mucho y la escayola se empapa.Ya se me han caido unos cuantos trozos y trozos grandes uno de ellos me dio, imagine que es a un niño.El me comenta que ya me lo reparara dandome largas o eso creo yo y yo estoy un poco harto del tema porque tener que pasar por un sitio dentro de mi casa con casco no me gusta.Que podria hacer para que este hombre me repare todo esto de una vez por todas. 

  • Preguntado por: diego_mostoles
  • Hace 12 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Convendría recordar aquello de que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar  obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.

    Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • usuario eliminado

    La ley dice lo siguiente:

    1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 1.564 del Código Civil.

    La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.

    3.El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.

    Así que lo que yo haria es mandar un burofax a este señor indicandole que haga las reparaciones adecuadas que sean necesarias o envie un tecnico en un plazo de 2 dias o que si no pasarás a realizarlo tu, exigiendo luego el importe o descontandolo de la renta.

    Un saludo.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
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