El viernes me fui del piso en el que estaba de alquiler firmando el contrato de fin de arrendamiento. En el, los arrendadores querían poner (groso modo):
"La fianza se le devolverá siempre y cuando no se encuentren desperfectos en la casa, en cuyo caso se le descontará las cantidades pertinentes..."
A lo que yo me negué, entonces, y en base a unas humedades que salieron en la terraza de mi habitación, cosa que les comenté en su momento, el contrato quedó de la siguiente manera: "La fianza se le devolverá en el plazo de 30 días, descontándole el arreglo de la humedad producida en la terraza. Una vez lo haya verificado el perito del seguro, si ha sido por mal uso del arrendatario" El hecho es que si bien es cierto que tiendo ropa dentro de la habitación, suelo abrir las ventanas al salir de casa todas las mañanas y las cierro al acostarme y, debido a la orientación del piso parece recibir menos sol por esa pared, por lo que no se si el problema lo he ocasionado yo o no y ahora me entra la duda de si el del seguro es alguien capaz de indicar a qué se debe o simplemente indica si el seguro se hace cargo del arreglo o no. ¿Cómo soléis hacer este tipo de cosas? ¿Sabéis por cuánto suele salir ese tipo de arreglos?
Acordé con ellos que el del seguro iría sin estar yo por no poder cuadrar horarios por motivos laborales pero no se si eso es buena idea o debería estar yo presente. Gracias de antemano
Pues hoy se han puesto en contacto conmigo para decirme que el del seguro ha dicho que no se hacen cargo de la reparación porque dicen que es tema de condensación.
Que están a la espera de que les pasen el presupuesto y que me lo hacen saber.
Deberían pasarme algún tipo de "justificante" del origen del problema y no si el seguro se hace cargo de la reparación o no tal y como redactamos en el contrato, ¿no?
Por otra parte, ¿sabéis cuánto puede suponer una reparación de ese tipo?
Ya pueden tener un buen abogado y consultarlo todo con el cualquiera que se anime a contratar un alquiler con Piscis porque esta visto que hasta de las comas tratara de sacar ventaja este tipo, el principio de buena fe ni lo conoce ni se le espera jajaja
Si todos actuáramos con los principios de Ruben en vez de intentar librarnos de cualquier manera de lo que sabemos que moralmente puede correspondernos otro gallo nos cantaría
Bueno, al final veo que lo has pillado, en los negocios lo que vale es lo pactado por escrito y ante los juzgados, también, pero todos somo libres de dar más de lo que venimos obligados legalmente.
Piscis la verdad es que no quiero "librarme de ese gasto" porque hayamos puesto terraza en el contrato y no sea una terraza literalmente.
No me gustaría que me hicieran ese tipo de jugarretas por lo que preferiría no hacerlas.
Simplemente quiero saber si debería correr con ese gasto yo o no. Esperaré a ver que pasa con el del seguro aunque creo que debería ser un acto en el que estuviera yo delante por "la versión" de los hechos que pudieran dar.
Si el perito o el reparador que repare la pared en su informe explica vagamente que son unas humedades aparecidas en la pared por condensación, poco va a poder decir Ruben de que las humedades estaban por fuera o por dentro de esa pared, y aunque el redactado del documento de fin de contrato pueda beneficiar a Ruben, puede quedar facilite en nada con el redactado del informe pericias o factura. Así que mi consejo para Ruben es que se cure en salud y no peque de listo diciendo que el caballo es blanco porque tienen muy fácil pintárselo de negro
Buenas tardes Ruben. En tu caso te conviene saber no sólo el dictamen del perito del seguro, sino si el seguro asume la reparación de las humedades. En caso de que las repare el seguro, el arrendador no podrá descontarte nada de la fianza por tal causa y tendría que ser el seguro quien actuara reclamando dicho importe si fuera culpa tuya. Si te lo descuenta el arrendador, debe presentarte la factura de la reparación para poder hacerlo.
No has acertado en la conclusión Ruben, independientemente de quién sea el responsable de las humedades y de cuantos peritos puedan corroborarlo, hay que estar y pasar por lo acordado en el documento de resolución del contrato, que es el que rige el acuerdo entre las partes. Simplemente hay que leerlo y distinguir lo que es el interior de una vivienda, de una terraza ¿ lo pillas ?
Hola Ruben. Si la humedad está dentro de la habitación y por esas paredes no pasan tuberías (porque no hay baño ni cocina detrás), lo más probable es que se trate una combinación de factores pero la más determinante suele ser la condensación. En ese caso si sería culpa tuya. Lo digo sin ser un experto en humedades, pero en base a experiencias pasadas. Ahora bien, si el seguro ya está avisado y envían un perito es mejor esperar su diagnóstico porque tiene más autoridad que el inquilino o el propietario para esas cosas.
Pues que tendría que pagarlo yo si el perito del seguro estima que la causa de la humedad la he producido yo.
Pero ahí viene mi duda inicial, ¿es una persona capaz el perito del seguro de indicar a qué se debe la humedad o sólo a determinar si el seguro se hace cargo o no de su reparación? y, por otra parte, ¿creéis que debería estar yo presente cuando vaya o no?
Ahí, es donde yo pretendía llegar, " la humedad está dentro del piso, en una de las paredes de la habitación " Ahora volvamos al documento que se firmó al finalizar el contrato y dime la conclusión que sacas a tenor de su redactado.
Obviamente, la humedad esta dentro del piso, en una de las paredes de la habitación, de ahí que digan que el motivo por el que se ha producido la humedad es por tender ropa dentro y no ventilar bien la habitación.
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