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Mis inquilinos de renta antigua quieren que les cambie una ventana porque entra aire y ya le han puesto las bandas adhesivas de ajuste (son todas de madera). Creo que en este caso les puedo repercutir la ventana y la mano de obra. ¿Cómo se repercute todo ese gasto? Supongo que es una proporción al mes. Pero como me pagan 165 €/ mes puedo estar cien años para recuperar el gasto. ¿Hay algo establecido en la LAU?
La LAU establece un sistema que permite repercutir el costo con limitaciones en 10 años o usar el sistema alternativo del antiguo TRLAU1964, en ambos casos como bien dice va a tardar en recuperar el costo. Se me ocurre que "presione" a su inquilino para obtener un acuerdo transaccional.
No encuentro forma en que ese apartamento, que no es vivienda habitual de nadie, pueda ser objeto de deducción fiscal.
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