Buenos días. Llevamos 8 años en la misma vivienda y ahora que se nos acaba el contrato, el propietario quiere hacernos uno nuevo y subirnos la renta. La subida la aceptamos porque aún así el precio entra dentro de lo que hay por la zona y en la casa y con los vecinos estamos a gusto. El problema es que en el nuevo contrato las cláusulas dicen que nosotros nos tenemos que hacer cargo de cualquier reparación, mantenimiento y sustitución de cualquier cosa o electrodoméstico que se rompa. El propietario alega que ya ha sustituido una vez el lavavajillas y el termo eléctrico y ha reparado 2 veces las persianas y no quiere pagar nada más. Mi pregunta es ¿nos puede poner estas cláusulas en el contrato aunque vayan contra el Art. 21 de la LAU ? Si firmamos el contrato ¿podemos luego, si llega el caso, reclamarle a él las reparaciones y sustituciones según ley? Gracias.
En mi opinión esa clausula seria nula y por lo tanto se tendrá como no puesta .La norma es:
Las averías o desperfectos debidos a mal uso, negligencia, accidentales, falta de mantenimiento o cuidado razonable serán a cargo de la parte arrendataria independientemente del coste de la reparación.
Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán a cargo de la parte arrendataria.
Normalmente se viene estipulando en la jurisprudencia que es pequeña reparación todo lo que sea inferior a 150¬ siempre. Por tanto cuando estemos bajo esa cantidad, entonces tendrá que pagar el inquilino.
Está el servidor dando problemas, puede que me lleguen más respuestas. Su propietario comete, además de una ilegalidad, una irresponsabilidad enorme. El inquilino no está para que al propietario le salga gratis el mantenimiento de su propiedad. Si "no quiere pagar más", que venda la propiedad, y así no tendrá que mantenerla. Como usted sabrá al haber leído el 21, el mantenimiento por parte del inquilino se limita a dos ideas básicas. Por una parte, implicarse en el mantenimiento costeando las pequeñas reparaciones. Esto ayuda a que el inquilino cuide la vivienda como si fuese suya. Por otra, "el que rompe paga", el propietario tiene derecho a tener su propiedad protegida. Pero sólo de un uso negligente o un daño intencionado, no del inevitable desgaste que el paso del tiempo acarrea a todas las cosas.
Usted ahora tendrá que tomar una decisión dependiendo de lo que menos le incomode. Si no quiere meterse en pleitos incluso teniendo razón, no renueve y deje la vivienda. Tenga en cuenta que el propietario aún podría denegarle la renovación si avisó con tiempo del cambio de condiciones, esto podría pasar si le aclara que lo que quiere es ilegal. Otra posibilidad es que usted se haga la tonta, firme, y el día que venga el desperfecto tenga que ir a pleito para forzar al propietario a cumplir sus obligaciones.
El propietario no puede alegar eso. Un alquiler no es un salvoconducto para que al propietario le salga gratis el mantenimiento de su propiedad. Es su responsabilidad hacerlo. Como usted bien comenta, el artículo 21 de la LAU lo deja muy claro. Al inquilino sólo le tocan dos obligaciones con el mantenimiento. Una muy lógica que es "el que rompe paga", y otra que es costear las pequeñas reparaciones. Esto ayuda a que el inquilino cuide la vivienda como si fuese suya.
Lo que pretende el propietario es completamente ilegal. Ahora usted tendrá que elegir qué le conviene más. Si el propietario se cierra en banda podría negarse a renovar el arriendo (si aún queda plazo de preaviso está en su derecho), con independencia de que siga siendo ilegal exigirle a los siguientes inquilinos los mantenimientos que no les corresponden. La otra posibilidad es que usted se haga la tonta, firme, y el día que llegue el desperfecto, quizá tenga que entrar en pleito contra el propietario. Estaría ganado desde el principio, pero quedaría la molestia de tener que hacerlo.
Todo depende de si a usted le causa más perjuicio dejar el piso o tener que afrontar el pleito. Yo le diría directamente al propietario lo que he escrito al principio de mi respuesta: que si "no quiere pagar más" que venda el piso o que se aguante. El inquilino no está para hacerle gratis el mantenimiento.
El propietario no puede alegar eso. Un alquiler no es un salvoconducto para que al propietario le salga gratis el mantenimiento de su propiedad. Es su responsabilidad hacerlo. Como usted bien comenta, el artículo 21 de la LAU lo deja muy claro. Al inquilino sólo le tocan dos obligaciones con el mantenimiento. Una muy lógica que es "el que rompe paga", y otra que es costear las pequeñas reparaciones. Esto ayuda a que el inquilino cuide la vivienda como si fuese suya.
Lo que pretende el propietario es completamente ilegal. Ahora usted tendrá que elegir qué le conviene más. Si el propietario se cierra en banda podría negarse a renovar el arriendo (si aún queda plazo de preaviso está en su derecho), con independencia de que siga siendo ilegal exigirle a los siguientes inquilinos los mantenimientos que no les corresponden. La otra posibilidad es que usted se haga la tonta, firme, y el día que llegue el desperfecto, quizá tenga que entrar en pleito contra el propietario. Estaría ganado desde el principio, pero quedaría la molestia de tener que hacerlo.
Todo depende de si a usted le causa más perjuicio dejar el piso o tener que afrontar el pleito. Yo le diría directamente al propietario lo que he escrito al principio de mi respuesta: que si "no quiere pagar más" que venda el piso o que se aguante. El inquilino no está para hacerle gratis el mantenimiento.
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