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Hola. En el contrato que voy a firmar encuentro esta cláusula un poco extraña. Os señalo la parte en negrita.
¿Esa parte no correspondería al arrendador? El piso ya tiene sus años y no veo lógico que si se estropean las tuberias en general tenga que pagarlo yo.
"Serán de cuenta de los arrendatarios los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sea en cristales, cerraduras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado mantenimiento , asi como los gastos de conservación y reparación de las instalaciones de agua, gas, electricidad, cocina, baño, y en particular todos los desagües, atascos y tuberías en general"
Gracias Amparo. Ya le he pedido al propietario que revise esa última parte.
A ver si me contesta con la nueva redacción y ya queda todo más claro.
Saludos.
Así es, el inquilino debe ocuparse de las pequeñas reparaciones, (tal y como pone la cláusula: cristales cerraduras...) pero las instalaciones básicas de la vivienda son cosas del propietario, aunque aquí mezcla churras con merinas, porque un atranco en un desagüe, al ser una pequeña reparación sí que correspondería al inquilino.
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