Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
hola!
estoy muy preocupada, al firmar el contrato de alquiler el administrador de fincas del propietario nos dijo que la caldera entraba como un electrodoméstico de la casa y si se estropèaba y habia que sustituir corria a cuenta nuestra (inquilino), excepto en los 2 primeros años que iria a medias. ahora nos acabamos de enterar que eso no es cierto, que las revisiones van a nuestro cargo, pero la sustitución seria el propietraio a no ser que fuera mal uso nuestro.
la pregunta es, si es cierto y si se estropeara podriamos acogernos a la ley aunque firmamos eso creyendo lo que nos decía el administrador?
muchas gracias!
Muchísimas gracias por tu respuesta tan clara y rápida Pedro!
La ley esta por encima del acuerdo privado; por lo que una clausula aunque este firmada; si va en contra de la ley es nula y se tendrá por no puesta.
pablo.
Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas imperativas de la lau.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es