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Si una cerradura se rompe por vieja, que yo sepa tiene por lo menos 10 años, a quien le corresponde pagar el cambio? Y si he tenido que llamar a un cerrajero de urgencia para que me abran la puerta? ( salí a pasear al perro a la noche y no podia volver a entrar!)
Hola de nuevo, solo puntualizar que diez años no es demasiado tiempo para una cerradura, salvo que sea de muy mala calidad, en este caso estoy de acuerdo con A.Moyano, ninguna compañia asumirá el siniestro.
Su lógica, aunque pareza irrefutable, es errónea. La avería del bombín no supone inhabitabilidad de la vivienda, ni de lejos; y los 272€ a los que alude, no es lo que cuesta el bombín, que dudo que supere los 30€, sino lo que le ha cobrado el cerrajero por su trabajo de urgencia.
Coincido con la respuesta de emifer64, respecto a la consideración que tiene este reemplazo como pequeña reparación. No tanto en la del seguro, pues para que este, de existir, lo asuma, debe declarase que ha existido una pérdida de llaves, no una degradación paulatina del bombín... es decir, declarar un siniestro fraudulento.
Finalmente, obvia usted en su pregunta que un bombín no se degrada en un minuto, y que debía de hacer tiempo que daba problemas; por lo que pudo cambiarlo usted con anterioridad, sin pagar al cerrajero de urgencia, y sin tratar de repercutir al propietario un gasto que en realidad se debe a su desidia.
Saludos cordiales.
Gracias por las respuestas. Desafortunadamente, se trata de un bombin que ha costado 272 euros y no se podia escoger otro tipo por el tipo de puerta que es. Esto no me parece una pequeña reparacion de mantenimiento. El piso no esta en condiciones de ser habitado con una puerta que no abre o cierra. No es esto responsabilidad del propietario si se trata de reparaciones de habitabilidad?
Se conoce que no había leido el DECALOGO DEL INQUILINO, ahora me parece que no va a tener otra opción que pagar.
Ya se ha comentado varias veces que es buena practica cambiar la cerradura por parte del inquilono, dejando la anterior cuando sale del piso. Por tu pregunta deduzco que no ha sido asi.
Yo entiendo como "pequeña reparacion" derivada del uso el caso que comentas, y asi, pienso que debe pagar el inquilino. Sin embargo recomendaría mirar si la vivienda tiene seguro de hogar, ya sea por parte del inquilino o del propietario. Es una situación que suele estar cubierta en la poliza de hogar, si se presenta correctamente a la compañía.
Un saludo.