Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
La alquile en abril y casi todo esta en mal estado, desde la puerta de entrada hasta las persianas pasando por los electrodomesticos y la caldera. La casera casi no contesta a mis correos y no ha ocurrido nada. Me ha hecho notar que yo solo he alquilado la casa, como si todo lo demas no estuviera incluido en el contrato. Por favor, me dais algun consejo?
Anne
Para empezar una casa alquilada en Abril no es una casa recien alquilada, ya llevas en ella 5 meses.
Cuando tu alquilas una casa, en la misma se hace un inventario de las cosas que tiene: si tiene muebles, si tiene electrodomésticos o lo que sea. Así pues en el contrato se indica que el inquilino conoce los mismos y firma como que los ha recibido en buen estado y en ese buen estado le corresponde devolverlos.
Por tanto a ti te han alquilado como dices un piso con todo roto, pero tu has firmado que cuando lo alquilaste estaba todo bien (fallo tuyo por no haberlo revisado). Tanto si te quedas como si te vas, el dueño puede obligarte a pagarlo todo ya que en caso de demanda, siempre puede alegar que tu firmaste un contrato en el que aceptabas que todo estaba en buen estado y que si posteriormente se ha roto es culpa tuya.
¿Que dice el contrato acerca del mobiliario que tiene la casa o que cosas incluye?
Hola,
Debes notificarle fehacientemente (que quede constancia de ello) la necesidad de la reparación urgente dándole un tiempo para que subsane el problema, si no lo hace, bien puedes demandarla para que un juez le obligue a repararlo, o bien repararlo tú y reclamarle el importe de las facturas incluso judicialmente si fuese necesario (si estás decidido a esta última opción es bueno hacerlo constar en el buro fax o escrito de la notificación).
No obstante, y debido al tiempo que ha pasado desde que alquilaste la vivienda (deberias haber hecho esta n otificación nada más entrar), tienes que tener en cuenta que
Ante cualquier reparación hay que aplicar la teoría, reparación pequeña o avería/rotura por negligencia o mal uso debe pagarla el arrendatario, reparación grande o sustitución por antigüedad debe pagarla el arrendador.
Así que cuando pasa esto, hay que llamar a un técnico y que el dictamine el coste y el porque de la avería.
O sea que muchas cosas ya te va a corresponder a tu pagarlas.
Hola Annek:
Le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Reparaciones-en-la-vivienda-arrendada.htm
reciba un cordial saludo