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Pedro

inquilino/a

Caldera
Hola,
Yo estoy desde el final de septiembre sin agua caliente en mi piso. Las primeras 6 semanas fueran una "lucha" para que el proprietario pagara una reparacion de 1400e. le hemos dicho que ponga una nueva mas barata, lo que nos aconsejo el tecnico de Junkers. El Proprietario no quiso. El agua caliente duro una semana y desde entonces se llama el tecnico cada semana que lo "arregla" pero solo dura 2 dias el agua caliente. El tecnico dice que no puede hacer nada mas, que ha cambiado todas las piezas, y el proprietario no quiere poner una nueva. Mientras tanto no tenemos agua caliente hace 3 meses. Alguien me puede indicar la legalidad de este proceso? quanto tiempo se puede dejar un inquilino sin agua caliente legalmente en pleno Invierno? Gracias por vuestra ayuda! Un Saludo, Pedro
  • Preguntado por: Pedro
  • Hace 8 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (3)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    La reparación de la caldera es una obligación del arrendador, pues forma parte de su deber de conservar la vivienda en estado de servir para el uso de residencia habitual. Tienes dos alternativas: a)Ducharte con agua fría b)Hacer lo que dice Piscis tres.
    http://www.abogadoarrendamientos.com/ encontrarás mi teléfono para consultas Sobre la obligación del arrendador: http://www.abogadoarrendamientos.com/obras-conservacion-vivienda-alquiler/ Si pones la caldera: http://www.abogadoarrendamientos.com/obras-conservacion-viviendas-la-caldera-la-calefaccion/
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Te ha seguro que si yo fuera inquilino no estaría más de tres dias sin agua caliente, ya que me ducho todos los dias, por lo tanto, le enviaría un burofax con el presupuesto del arreglo o de una nueva dándole ese par de dias para que se hiciera cargo, y si no lo hiciera, la cambiaría yo y se la reclamaría judicialmente.
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si respondo a tus preguntas no vas a resolver nada y te vas a quedar insatisfecho, prefiero indicarte lo que considero te conviene hacer y ello consiste en requerir de forma fehaciente al arrendador para que solvente de inmediato el poder tener agua caliente en la vivienda y responsabilizándole de los daños y perjuicios ocasionados desde la primera avería del calentador hasta la fecha en que se solvente definitivamente el problema, adjuntando copia de los partes de visitas del reparador e informe de que hay que poner otro calentador que funcione ya que el existente ha agotado su vida útil, advirtiéndole de que si no lo solventa en el plazo de los próximos cuatro día, procederás a encargar la instalación de uno nuevo de la misma marca, cuyos gastos le reclamarás judicialmente junto con los demás daños y perjuicios
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