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Se han producido daños en el 1º 1ª ocasionados por unas filtraciones de agua (que hace muchos años que duran) procedentes del 2º 2ª de mi comunidad y se han podrido las vigas del 1º 1ª, con lo cual se ha tenido que apuntalar dicha vivienda, ya el el techo ha bajado y se está cayendo. El propietario del 1º 1ª dejó de pagar el seguro de su vivienda y exige que la Comunidad pague su reparación, alegando que tratándose de las vigas son daños estructurales y que eso corresponde que lo pague la comunidad. ¿Esto es así según la ley? ¿Si el tuviese su seguro en vigor, la comunidad tendría que hacerse cargo? Dado que estas filtraciones hace muchos años que se producen y ni el inquilino ni el propietario del piso superior nunca lo han reconocido ni enviado a nadie de su seguro para poner remedio y hacer las comprobaciones pertinentes, puede considerarse esto como deterioro y desidia por parte del inquilino y/o propietario?
Gracias. Reciban un cordial saludo.
De acuerdo con Piscis, lo tiene que pagar el causante de los daños.
Su seguro solo se hubiese hecho cargo si hubiese sido el causante.