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El otro día se estropeó el calentador de agua. Me dijeron en la agencia que si era culpa mía lo pagaba yo y si no, la casera. Al dia siguiente me dicen que según mi contrato, debo asumir yo ese coste puesto que hay una cláusula en él, que me obliga a hacerlo.
Acogièndome a la LAU ¿es posible que esa cláusula quede sin efecto? ¿debería denunciar o exigir hablar con el propietario y no con la agencia que me da largas?
Gracias
Buenas a tod@s,
logré contactar con el propietario pero no aceptó mi propuesta: que pagara él el aparato y yo la mano de obra; él se puso en contacto con la agencia que gestiona el alquiler, pero insisten en que el cambio del termo eléctrico va a correr de mi cuenta.
¿y ahora qué? Empiezo un periplo legal?
gracias
Antes de gastar 25 euros en un burofax le sugiero lea esto:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/no-al-burofax/
No obstante si tiene pensado gastar esos 25 euros del burofax, más vale que los emplee en una llamada a un abogado de los que tienen/tenemos para ello un teléfono 807, con esa cantidad tendrá casi media hora de consulta para facilitar al Abogado los pormenores de la situación, que le permitan aconsejarle más atinadamente sobre lo que le conviene hacer, incluso puede encargarse, sin coste adicional, de dirigir esa previa carta de reclamación con su firma y membrete, con lo cual el efecto coercitivo se incrementará.
Sarvi, cuando te dije burofax, que no fax, es porque hay gran diferencia. El burofax se entrega al domicilio, no necesitas telefono, únicamente la direccion del propietario y esta debe constar en contrato.
Gracias por vuestras respuestas,
especificamente, en el contrato pone .."son de cuenta y cargo del arrendatario loos gastos ocasionados por desperfectos que se produzcan sean cristales, cerraduras, instalaciones de agua, gas, electricidad, cocina, baño, calefacción, baño, bidet, grifos, waters, lavabos, calentador, ..etc.
En otra clausula más adelante añaden que el arrendatario se obliga a abonar el coste de pequeñas reparaciones...
Tengo dificultad para contactar con los propietarios, porque no tengo su teléfono ni fax, todo lo gestiona la agencia....
gracias
Burofax, que no fax. Lapsus linguae.
Una cláusula que te obligue a pagar todo seria nula, porque va contra la ley. Asi que si la reparacion no entra en los supuestos que te han comentado que debe pagar el inquilino, por mucho que lo ponga en el contrato, no tienes obligacion de pagarlo.
Otra cosa es que la cláusula especifique en que casos hablais de una pequeña reparacion y en que casos no, que se puede hacer. Pero no veo cómo puede saber la agencia cual es el coste de la reparacion sin que acuda un técnico.
Yo enviaría un fax al casero directamente notificandole la averia para que llame al técnico y podais hacer una valoracion de quien ha de pagarlo.
Hola,
Siempre que hay reparaciones en una vivienda de alquiler es complicado saber quien tiene que pagar la reparación.
La ley dice que todas las reparaciones pequeñas o que se hayan producido por el mal uso las tiene que pagar el inquilino, y las reparaciones grandes o que se deterioran por viejas, etc... el arrendador. Por lo tanto el técnico es quien determinará quien de los dos a de pagar el calentador o la reparación del mismo en cuanto averigüe el porque de la rotura.
Muchas veces, lo mejor es llegar a un acuerdo entre arrendador y arrendatario para solucionar el problema sin llegar a tener un pleito, que siempre suele salir mucho más caro a las dos partes que la propia reparación.
Suerte
Oscar