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Se trata de una comunidad en la que determinadas viviendas alquilan la vivienda y los derechos de uso de la piscina a personas de origen extranjero distintas cada semana, las cuales incumplen constantemente las normas comunitarias.
Como legalmente tienen derecho al uso de la piscina según he leido en el post, ¿puede exigir la comunidad de alguna manera que existe un contrato legal de arrendamiento de vivienda? para que se le permita hacer uso de dicha piscina.
Efectivamente se trata de un dueño de dos viviendas en la urbanización que es extranjero, alquila y hace todas las transacciones en el extranjero y para extrajeros. Y sí, cada semana se imcumplen las normas por estos inquilinos. Existen más propietarios que son extranjeros y son muy buenos amigos míos y hacen uso correccto de la piscina y como es suya cuidan las instalacione y siempre complen las normas. Además con respecto al propietario de las dos viviendas señaladas lo más probable es que no haga ninguna declaración de renta en España, y el alquilar la vivienda en plan hotel sólo por una semana además de ser muy lucrativo no tiene ningún código de IAE en la agencia tributaria.
Ya estamos generalizando con los inquilinos " de origen extranjero"...
Recuerda Francisco que tu eres, para ese inquilino, otro extranjero y que hace uso de las instalaciones con el mismo derecho que tu, seas propietario o inquilino.
De entrada es que no me creo que todas las semanas entre gente que incumple esas normas... y si fuese así la comunidad lo que debe hacer es actuar tal y como lo hace cuando el que incumple es un españolito. O es que con ellos no hay problemas nunca?
Hay formas de actuar contra el porpietario de la vivienda arrendada, lo que desde luego no es una opción es demandarlo por no estar dado de alta en el IAE o no declarar las rentas.
Pedro Martinez
Abogado
Hay opciones que se pueden acordar en junta de propietarios para dificultar el pase de "inquilinos" temporales a la piscina.
Cualquier contrato entre dos partes, incluso verbal, es perfectamente válido.
Hola,
Al inquilino no le va a poder negar su derecho a piscina, ya que este seguro que cuenta con un contrato de arrendamiento o de algo parecido tipo e-mail, ingreso etc.
Lo que si que podrá hacer es demandar al propietario si este no está dado de alta en el IAE, y si no declara las rentas que obtenga de estos arrendamientos.
Saludos
Oscar