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El contrato de hace 40 años va nombre de mi exmarido, al divorciarme el juez me otorgó el uso, Mis hijos que tienen minusvalía del 65% se quieren subrrogar, ¿es posible si viven mucho tiempo conmigo que a mi fallecimiento, que el dueño se lo niegue?, Hablo de una subrrogación de más de dos años, ¿le incrementarían el precio del alquiler? Muchas gracias.
Hola,
la Ley es clara al respecto. Le remito a la Disposición Transitoria Segunda, apartado B de la LAU, en la que se dice claramente que si fallece el cónyuge subrogado (Usted) y en ese momento hay hijos que conviven con el fallecido y tienen minusvalía superior o igual al 65%, entonces el contrato continúa hasta el fallecimiento de éstos.
En cuanto al precio del alquiler, se le pueden aplicar los mismos aumentos que a Usted (IPC), salvo que en el contrato diga otra cosa.
Espero haber ayudado.