Cuando fallece el inquilino de una renta antigua, ¿Habrá que confeccionar otro contrato en caso de que hubiera subrogación?
Tengo un piso alquilado con un contrato de renta antigua. Supe que el dueño falleció y que en la vivienda convive su cónyuge y la hija? Habrá que confeccionar otro contrato a nombre del subrogado?
En caso negativo qué pasos a seguir debo efectuar para hacer constar la persona que quiere subrogarse
Preguntado por:
domingos
Hace 16 años
Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
PHOLMO
profesional
La persona que, al fallecer el inquilino se considere con derecho a subrogación debe comunicar por escrito al arrendador esta circunstancia y no es preciso hacer nuevo contrato.
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