Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Mi padre alquiló la casa donde vivo actualmente con mi madre en 1964 con contrato indefinido. En 1978 subroga el contrato mediante escritura pública a mi madre tras su divorcio. Vivimos en la provincia de Barcelona.
Mi madre es de avanzada edad (86 años) y quisiera saber si cuando fallezca mi contrato será una 2ª subrogación y por tanto solo tengo dos años más o se puede considerar 1ª.
Según una abogada consultada es posible que al ser la 1ª subrogación anterior a la Ley Boyer de 1985 esta no se tenga en cuenta y se consderara que al pasar de mi madre a mi el contrato fuera una 1ª subrogación.
Es un tema muy importante para mi ya que actualmente soy madre soltera, estoy en el paro y no recibo ya ningún tipo de subvención. Se que en el caso de hijos con deficiencias o casos especiales la 2ª subrogación se da también de por vida pero no estoy segura de que yo tenga derecho a este tipo de condiciones.
Hola Nuria:
Coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
NuriaGB Debe contactar con un abogado especialista en alquiler,incluso de este foro y por muy poco dinero, revisando ese contrato,le indicará el camino que debe recorrer.
Dictaminar sobre un alquiler de renta antigua esxige deun lado tener todos los datos y de otro un conocimiento profundo de estos asuntos, tal como expone la situación y teniendo en cuenta lo anterior me temo que no tiene derecho a una subrogación plena.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).