¿Quién tiene que pedir una subvención para la I.T.E. el propietario o el inquilino? el alquiler es de renta antigua
Piso de alquiler de renta antigua. Informe de la Inspeccion y el propietario quiere repercutir el coste pero anuncio las obras una semana antes de comenzarlas y no sabemos el coste ni cuánto repercutirá. Quería saber quién puede pedir las subvenciones que dan para la ITE
En los edificios de renta antigua, la conservación y en consecuencia la inspección técnica corresponden al propietario, que puede repercutir los gastos en los arrendatarios según las normas de la Disposición transitoria segunda C. 10. 3. de la Ley de arrendamientos urbanos de 1994 o del artículo 108 y siguientes de la Ley de arrendamientos urbanos de 1964.
Al no tratarse de obras de mejora, la notificación del arrendador a los arrendatarios indicando su naturaleza y coste se efectúa una vez terminadas las obras. Si el propietario no efectúa la inspección obligatoria dentro de plazo, entonces los arrendatarios podrán ordenarla por su cuenta y exigir su pago al propietario, sin perjuicio de que luego se repercuta su coste en la renta.
Cuando los arrendatarios están legitimados para ordenar la inspección, también lo estarán para pedir las correspondientes subvenciones, si no se opone la concreta normativa local o autonómica que las conceda.
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