Apreciada Jeanette:
Si la inquilina ha estado pagando renta, podrá permanecer hasta cinco años desde la fecha en que entró.
Para un futuro, es recomendable hacer el contrato por escrito e introducir una cláusula que permita evitar la prórroga forzosa haciendo constar de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí.
Guimaraens Abogados esta a su disposición si necesita cualquier aclaración o asesoramiento.
Un saludo,
Guimaraens Abogados
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