No debe culpar a su abogado de una legislación terriblemente protectora del inquilino, si llevan 8 años en alquiler no puede reclamar el piso por necesidad puesto que esa necesidad la tiene cubierta con el alquiler.
Podrían haber reclamado por necesidad o bien al recibir esos pisos o antes de entrar en alquiler.
Lo que si parece claro es que deben pagar los gastos de Comunidad.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.